domingo, 27 de octubre de 2019

CONSULTAS CIUDADANAS POPULARES EN AMÉRICA LATINA.


Existe un descontento generalizado con la democracia, especialmente la representativa, pues hay una gran desvinculación entre la clase política y la ciudadanía. Ante este descontento, la democracia directa se ha visto como alternativa, ya que, mediante figuras como la consulta popular, el plebiscito o referéndum se ha buscado involucrar a la ciudadanía en la toma de decisiones gubernamentales, pues se parte de la idea de que las decisiones de gobierno adoptadas a partir de estos ejercicios tienen una mayor legitimidad que a otras, pues la mayoría de la ciudadanía los respalda (1). También son usadas para legitimar políticas cuya implementación repercutiría en altos costos políticos.


Desde 1994, el presidente de Colombia puede consultar a los ciudadanos sobre las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso (y si no mediara el rechazo de este); excepto las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes correspondientes. La aprobación de reformas por vía de referendo requiere el voto afirmativo de más del 50% de los votantes, y que el número de éstos exceda la cuarta parte del total de ciudadanos que integren el censo electoral.
En 2018 se realizó una consulta popular sobre temas relacionadas con las sanciones contra actos de corrupción; al no cumplirse con el umbral mínimo de aprobación ciudadana, las siete preguntas planteadas fueron rechazadas (5).


En Ecuador hay una larga tradición de participación ciudadana en la toma de decisiones públicas, la constitución contemple varias modalidades de democracia directa (6). Desde la entrada en vigor de la Constitución de 2008, se han llevado a cabo cuatro ejercicios de este tipo a nivel nacional, empezando por el referéndum para sancionar la propia Constitución, la cual fue aprobada por una amplia mayoría de 63.93% y la participación fue de 75.8%.

En Paraguay. Cuando una reforma constitucional es aprobada por ambas Cámaras del Congreso, el Tribunal Superior de Justicia Electoral convoca a la ciudadanía a participar en un referéndum dentro los siguientes 180 días. Si el resultado de la consulta es afirmativo, la enmienda quedará sancionada y promulgada (7). El último ejercicio de referéndum constitucional fue en 2011, para aprobar o rechazar que los paraguayos residentes en el exterior puedan votar en las elecciones. El 78.41% de los votantes estuvo a favor del “SÍ”; a pesar de que sólo participó el 12.5% de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral, la modificación fue incorporada al texto constitucional (8).


Sin duda, los mecanismos de democracia directa son una alternativa al descontento ciudadano con la democracia representativa, pero ello no implica que estén exentos de condiciones mínimas para su implementación, pues de ser así serían cheques en blanco para la autoridad que los convoca.